miércoles, 12 de noviembre de 2008
Sobre el arbitraje de consumo: cómo solucionar ciertos conflictos
Origen
Los códigos Civil y de Comercio, desde el siglo XVI, regulaban los contratos, aunque por entonces uno de los contratantes lo hacía en un rango de superioridad con respecto al otro porque imponía su contrato.
Desde hace unos treinta años, siguiendo dictámenes de la Constitución, art. 51, aparece la primera referencia a la regulación de los contratos. La Ley General de Derechos de los Consumidores y Usuarios dice en su art. 31 que sean sencillos en su redacción y de sometimiento voluntario por ambas partes: vinculante y ejecutivo para las dos partes.
Cuándo se reguló
El arbitraje de consumo se reguló en 1993 y fue modificado en 2008.
Para qué surge
Surge para solucionar conflictos sobre temas reconocidos legalmente y es sencillo y gratuito, salvo que haya informes periciales.
Quiénes son los sujetos del arbitraje
Los consumidores y los profesionales
A quién se le denomina consumidor
Según la ley de 1984 el consumidor o destinatario último del producto comprado es el que compra el producto para usarlo.Sus relaciones,por tanto, deben ser de consumo (no de venta, por ejemplo.
Materias de arbitraje
Todas, salvo las correpsondientes a intoxicaciones, lesiones o muertes.
Procedimiento
Se nombra un árbitro si la cuestión del litigio es inferior a 300 euros. En los demás casos se nombran tres árbitros, licenciados en Derecho. El acto es público y el arbitraje gratuito, aunque si se lleva abogado o hay informe pericial habrá que pagarlos.
Plazo para el laudo
El plazo son seis meses y hay dos tipos de decisiones arbitrales: de equidad, resuelta según el entender del árbitro y de derecho, sujeta a las normas legales.
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